
El decreto destaca que debe haber una comunicación "constante y directa entre padres y alumnos" y señala que los directores de los centros deben garantizar la mediación en la resolución de conflictos. "El director o directora ha de proponer en el plazo máximo de dos días hábiles una persona mediadora, entre los padres, madres, personal docente y personal de administración y servicios, que disponga de la formación adecuada para conducir el proceso de mediación".Como fija la norma estatal, el mediador debe una persona ajena al conflicto y está obligada a mantener la confidencialidad mientras se investiga el caso denunciado. "El director podrá designar a un alumno" para que colabore con él. Los consejos escolares (formados por profesores, padres y ayuntamientos) podrán proponer medidas para lograr la igualdad entre hombres y mujeres. El decreto recoge que el proceso de mediación también se basa en la voluntariedad de las partes implicadas para participar o no en él con el fin de resolver un conflicto y en el carácter personal del proceso, ya que las personas que intervienen deben asistir personalmente sin representantes o intermediarios.
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